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JEE-P DEBERÁ RESOLVER TACHA CONTRA CANDIDATO ELMER LEÓN

El 11 de agosto, el Jurado Nacional de Elecciones, resolvió mediante Auto N° 1 la apelación interpuesta por la militante de APP y funcionaria de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, Eddy Juliana Varas Vargas, contra la Resolución N° 00669-2022-JEE-PCYO/JNE del 11 de julio de 2022 emitida por el Jurado Electoral Espcial de Pacasmayo (JEE-P) que declaró improcedente la tacha que presentó contra el candidato de Trabajo Más Trabajo a la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, Elmer Augusto León Pairazamán. De este modo, la tacha interpuesta por Varas Vargas contra León Pairazamán regresó al JEE-P para que este resuelva si el candidato incurrió en omisión de la información en su Declaración Jurada de Hoja de Vida. La tacha en el JEE-P y el JNE El JNE, de acuerdo al Reglamento de Inscripción, resolvió la controversia que se creó luego de que el JEE-P asumiera como plazo máximo para presentar tachas contra la lista de Trabajo Más Trabajo el 8 de julio, en tanto la tachante reclamaba que el plazo alcanzaba al 9 de julio, día en que presentó su tacha. El colegiado nacional analizó los actuados y determinó que la resolución del JEE-P declarando la improcedencia del pedido de tacha había asumido un acta notarial presentado de parte que constaba que la publicación fue el 4 de julio. Este documento público que dio fe de la realidad, fue contrapuesto con el informe del secretario general de la MPP que el 7 de julio informó al JEE-P que la publicación la hizo el 6 de julio. Sin embargo el JNE, acogiendo lo prescrito en el Reglamento de Inscripción, no valoró la constatación notarial que daba fe de que la publicación fue el 4 de julio; sino el informe del secretario municipal que informaba que la publicación fue el 6 de julio. El pleno sustentó su determinación en que el secretario municipal es encargado de la publicación, bajo responsabilidad. Así, la apelación contra la resolución del JEE-P fue acogida y se dispuso la nulidad de la resolución, a fin de que el JEE-P se pronuncie si la tacha es fundada o no. En tanto ello ocurre, el JEE-P otorgó al personero legal de Trabajo Más Trabajo el plazo de un día para que presente descargos. El fondo ya fue resuelto Mientras el proceso de tacha y su respectiva apelación corría del JEE-P al JNE, y éste resolvía, Varas Vargas ingresó nuevo escrito al JEE-P solicitando la exclusión de León Pairazamán con los mismos argumentos. Acusaba que el candidato León Pairazamán omitió declarar en su hoja de vida, ser copropietario de un bien inmueble por sucesión intestada, por no consignar que fue secretario general provincial del Partido Aprista Peruano en un periodo determinado hasta que renunció, y porque el movimiento por el cual postula no habría respetado las normas de democracia interna de acuerdo a su estatuto institucional. Este escrito solicitando exclusión, con los mismos argumentos de la tacha, fue resuelto por el JEE-P el 13 de agosto del 2022 con la Resolución N° 00915-2022-JEE-PCYO/JNE. El JEE-P por unanimidad consideró que al estar la información del bien del candidato en los Registros Públicos, aplicaba el numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento de Inscripción de Candidatos. Según esta norma, “El JEE no podrá disponer la exclusión de un candidato cuando la omisión de información que se le imputa corresponda a datos que se encuentran en bases de datos o registros públicos a cargo de entidades del Estado.” Respecto de no haber informado que fue secretario general del PAP, el JEE-P consideró que “resulta ajeno a estas Elecciones Regionales y Municipales 2022”. Agrega, “más aún si del Registro de Organizaciones Políticas del JNE, no se observa que la organización política Partido Aprista Peruano, haya presentado al candidato como miembro de algún comité, sea provincial o distrital”. Sobre el incumplimiento de la democracia interna en Trabajo Más Trabajo, el JEE-P determinó que la revisión de temas de democracia interna ya pasó; y en la actual etapa de tachas y exclusiones solo se trata observaciones a temas de la Declaración Jurada de Hoja de Vida. Así, el pedido de exclusión fue desestimado. Ahora, al resolver la tacha de Varas Vargas, el JEE-P deberá pronunciarse sobre esos mismos argumentos.

| Fuente: UNDiario.pe

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